Contrato de trabajo de obra o labor: requisitos, duración y terminación

Por Albornet & Asociados
Autor: Pablo Julián Albornet Salazar, abogado especialista en Derecho Laboral y socio director.

El contrato de trabajo de obra o labor permite vincular a una persona durante el tiempo necesario para ejecutar una actividad determinada. Su duración depende de la realización de esa obra o labor, que debe quedar claramente identificada.

Utilizar esta modalidad exige más que incluir su nombre en un documento. Es necesario precisar qué actividad se contrata, cómo puede verificarse su finalización y qué sucede si el trabajador continúa prestando servicios.

La Ley 2466 de 2025 estableció expresamente que debe celebrarse por escrito y describir de forma precisa y detallada la obra o labor contratada. El incumplimiento de estas condiciones puede llevar a que el vínculo se entienda celebrado a término indefinido desde su inicio.

En Albornet & Asociados explicamos sus requisitos, los derechos que genera y las reglas que deben revisar empresas y trabajadores antes de contratar o terminar la relación laboral.

¿Qué es un contrato de trabajo de obra o labor?

Es una modalidad de contrato laboral cuya duración corresponde al tiempo necesario para ejecutar una obra o labor determinada.

Como en cualquier relación de trabajo, existe prestación personal del servicio, remuneración y subordinación. Su particularidad consiste en que la duración está vinculada a una actividad identificable.

Por ejemplo, puede utilizarse para vincular personal encargado de una fase concreta de construcción o de una actividad delimitada dentro de un proyecto.

No se limita al sector de la construcción. Puede emplearse en otras actividades, siempre que la necesidad esté correctamente definida y la ejecución corresponda a lo pactado.

¿Qué cambió con la reforma laboral?

El artículo 6 de la Ley 2466 de 2025 modificó el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo.

Respecto del contrato de trabajo de obra o labor, estableció que:

  • Debe celebrarse por escrito.
  • Debe indicar de forma precisa y detallada la obra o labor contratada.
  • Se entiende celebrado a término indefinido desde el inicio cuando se incumplen las condiciones legales.
  • La continuidad del servicio después de finalizar la obra genera consecuencias sobre la modalidad contractual, salvo la excepción prevista para una nueva y diferente obra.

La reforma también reconoce el contrato a término indefinido como regla general, sin eliminar la posibilidad de utilizar otras modalidades que cumplan sus requisitos.

Por ello, resulta necesario revisar tanto el documento como la forma en que realmente se ejecuta el trabajo.

¿Qué debe contener el contrato de trabajo de obra o labor?

Además de identificar a las partes y establecer las condiciones laborales, conviene precisar los siguientes aspectos:

Aspecto¿Qué debe quedar claro?
Obra o laborLa actividad concreta que justifica la vinculación.
Proyecto o necesidadSu identificación y relación con el servicio contratado.
FuncionesLas tareas que realizará la persona dentro de ese alcance.
FinalizaciónEl hecho objetivo que permite establecer que la actividad terminó.
Lugar de trabajoEl sitio o ámbito de ejecución, según corresponda.
Condiciones laboralesSalario, jornada y demás acuerdos aplicables.
AnexosDocumentos técnicos u otros soportes que delimitan la actividad.

Indicar únicamente el cargo puede ser insuficiente. La expresión “auxiliar administrativo” describe una función, pero no necesariamente identifica una labor determinada cuya conclusión permita terminar el vínculo.

¿Cómo debe describirse la obra o labor contratada?

La descripción debe permitir comprender qué actividad se ejecutará y cuándo puede considerarse terminada.

Expresiones como “las labores que requiera la empresa” o “las funciones asignadas por el empleador” no delimitan, por sí solas, una obra específica.

Ejemplo de una descripción genérica

El trabajador desempeñará funciones de auxiliar de archivo durante el tiempo que la empresa requiera sus servicios.

Esta redacción deja la duración vinculada a una decisión abierta de la empresa y no identifica claramente la actividad que debe concluir.

Ejemplo de una descripción más concreta

La organización, clasificación y digitalización del archivo documental correspondiente al proyecto X, integrado por los expedientes relacionados en el anexo técnico.

El segundo ejemplo permite delimitar mejor el objeto. Sin embargo, debe adaptarse a la necesidad real, precisar su alcance y ejecutarse de manera coherente con lo acordado.

Una cláusula detallada no resuelve las inconsistencias si la persona realiza actividades diferentes o continúa trabajando después de finalizar el objeto.

¿Cuánto puede durar un contrato de trabajo de obra o labor?

No existe una duración única aplicable a todos los casos. El vínculo puede extenderse durante el tiempo que demande la actividad determinada.

El límite general de cuatro años previsto para los contratos a término fijo no debe trasladarse automáticamente al contrato de trabajo de obra o labor.

En esta modalidad, el elemento determinante es la ejecución del objeto contratado. Una estimación de tiempo puede servir para planificar, pero no reemplaza su definición. normativa.colpensiones.gov.co

Por tanto, no basta con contratar a una persona “por seis meses” bajo esta denominación sin identificar la obra o labor concreta.

Diferencias frente al contrato a término fijo e indefinido

Modalidad¿Qué determina su duración?Aspecto principal
Contrato de trabajo de obra o laborLa realización de una actividad determinada.Debe constar por escrito y describir precisa y detalladamente su objeto.
Contrato a término fijoUn plazo acordado.Está sujeto a las reglas legales sobre duración y prórrogas.
Contrato a término indefinidoLa subsistencia de las causas y materia del trabajo.No tiene una fecha de finalización previamente establecida.

La elección debe corresponder a la necesidad empresarial y a las condiciones reales del servicio.

El nombre del documento no determina, por sí solo, la naturaleza ni la duración jurídica del vínculo.

¿Qué derechos genera el contrato de trabajo de obra o labor?

Esta modalidad no reduce los derechos mínimos de una relación laboral.

Según las condiciones aplicables, comprende:

  • Salario.
  • Afiliación y aportes a seguridad social.
  • Prima de servicios.
  • Cesantías e intereses.
  • Vacaciones.
  • Horas extras y recargos.
  • Descansos y licencias.
  • Dotación, cuando se cumplen los requisitos.
  • Garantías de seguridad y salud en el trabajo.

El artículo 46 reconoce expresamente vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado, cualquiera que este sea.

Puede ampliar este tema en nuestro artículo sobre liquidación de prestaciones sociales.

¿Cuándo termina el contrato de trabajo de obra o labor?

La finalización efectiva de la obra o labor contratada constituye una causa legal de terminación, conforme al artículo 61 del Código Sustantivo del Trabajo.

Para invocarla debe existir correspondencia entre:

  1. La actividad definida en el contrato.
  2. Las funciones realmente desarrolladas.
  3. El hecho presentado como finalización.
  4. Las pruebas que permiten verificarlo.

La carta de terminación no reemplaza la prueba de que la obra concluyó.

La Corte Suprema ha señalado que, cuando se alega la finalización de la labor, deben aportarse los soportes que acrediten esa circunstancia.

Según el caso, pueden resultar relevantes actas de entrega, informes de cierre, certificaciones y documentos técnicos.

¿Debe terminar todo el proyecto?

Depende del alcance pactado.

Si la vinculación corresponde a una fase específica y claramente delimitada, debe analizarse la finalización de esa fase. Si el contrato comprende un objeto más amplio, no debería darse por terminado con fundamento en el cierre de una actividad distinta o de menor alcance.

La revisión debe partir del contenido contractual y de su ejecución real.

¿Se necesita preaviso para terminar por finalización de la obra?

La terminación por conclusión efectiva de la obra no está sujeta al preaviso de treinta días previsto para evitar la prórroga del contrato a término fijo.

Sin embargo, conviene comunicar por escrito la causal, la fecha y la actividad que terminó, además de cumplir los acuerdos particulares que resulten aplicables.

Debe distinguirse entre la finalización real de la obra, la terminación anticipada sin justa causa, el despido por justa causa y el mutuo acuerdo. Cada supuesto tiene consecuencias diferentes.

¿Cuándo procede una indemnización?

Cuando el empleador termina unilateralmente sin justa causa antes de concluir la obra, puede generarse la indemnización del artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

La norma contempla el valor de los salarios correspondientes al lapso determinado por la duración restante de la obra o labor, con un mínimo de quince días.

Esto no significa que toda terminación anticipada se indemnice únicamente con quince días. Debe establecerse cuánto tiempo faltaba y cuál era la modalidad contractual jurídicamente aplicable.

Ejemplo práctico de indemnización

Supongamos las siguientes condiciones:

  • Salario mensual fijo de $2.400.000.
  • Terminación unilateral sin justa causa.
  • Duración restante de la obra acreditada de 60 días.
  • Aplicación válida de esta modalidad contractual.

El cálculo ilustrativo sería:

Salario diario: $2.400.000 ÷ 30 = $80.000.

Indemnización: $80.000 × 60 = $4.800.000.

Esta suma se diferencia de los salarios, prestaciones y vacaciones pendientes.

El ejemplo presupone que los sesenta días restantes pueden demostrarse. No corresponde asignar una duración estimada sin respaldo documental.

¿Qué sucede si el trabajador continúa después de finalizar la obra?

El artículo 46 establece que, cuando termina la obra y el trabajador continúa prestando servicios, el vínculo se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral, salvo la excepción prevista para una nueva y diferente obra.

En ese supuesto, la ley permite:

  • Continuar el contrato mediante una adición escrita que especifique la nueva obra o labor.
  • Liquidar el contrato anterior e iniciar uno nuevo, identificando claramente la nueva necesidad.

No basta con cambiar el nombre del proyecto si no existe una nueva labor identificable.

Para las empresas, conviene revisar esta situación antes de asignar nuevas actividades. Para los trabajadores, es importante conservar los documentos y comunicaciones que permitan verificar la continuidad.

¿Se puede terminar cuando existe estabilidad laboral reforzada?

El contrato de trabajo de obra o labor no elimina las protecciones especiales por maternidad, salud, discapacidad, fuero sindical u otras circunstancias.

Antes de terminar deben revisarse:

  • La protección concreta.
  • La realidad de la finalización.
  • La continuidad de las actividades.
  • Los requisitos o autorizaciones exigibles.
  • Las pruebas disponibles.

No todos los fueros operan de la misma manera. Tampoco cualquier condición especial impide indefinidamente la terminación.

Nuestro artículo sobre estabilidad laboral reforzada explica por qué estas situaciones requieren una valoración particular.

¿Es lo mismo que un contrato de prestación de servicios?

No. El contrato de trabajo de obra o labor es laboral y comprende subordinación y derechos derivados de esa relación.

La prestación de servicios supone autonomía, sin perjuicio de la coordinación necesaria para ejecutar el objeto.

La expresión “por proyecto” no determina cuál de estas relaciones existe. Si la realidad demuestra los elementos de un contrato de trabajo, el nombre utilizado no impide discutir su reconocimiento.

Errores frecuentes que deben evitarse

Entre las situaciones que conviene revisar se encuentran:

  • Utilizar formatos sin descripción concreta de la obra.
  • Identificar únicamente el cargo.
  • Asignar funciones ajenas al alcance pactado.
  • Terminar por una fecha estimada sin verificar la conclusión.
  • Confundir la terminación de un contrato comercial con la del vínculo laboral.
  • Mantener al trabajador después del cierre sin revisar la continuidad.
  • Asumir que la liquidación elimina una posible indemnización.
  • Desconocer situaciones de estabilidad reforzada.

La prevención comienza desde la elección de la modalidad y continúa durante toda su ejecución.

Checklist para revisar el contrato

  • El contrato consta por escrito.
  • La obra o labor está precisa y detalladamente identificada.
  • Las funciones corresponden al objeto.
  • Existe un criterio verificable de finalización.
  • Los anexos son claros y están disponibles.
  • Se reconocen salarios, prestaciones y seguridad social.
  • La causal de terminación coincide con los hechos.
  • Existen pruebas del cierre.
  • Se revisaron las protecciones especiales.
  • La continuidad o la nueva obra se gestionó conforme a la ley.
  • Se verificaron la liquidación y la eventual indemnización.

Abogado laboral en Bogotá para revisar contratos de trabajo de obra o labor

En Albornet & Asociados asesoramos a empresas y trabajadores en la elaboración, ejecución y terminación de contratos laborales.

Nuestro servicio de asesoría laboral para empresas en Bogotá comprende la revisión de modalidades de contratación, descripción de obras, modificaciones y documentos de terminación.

Mediante la asesoría laboral para trabajadores, analizamos el contrato, las funciones ejecutadas y la causa de desvinculación para determinar las alternativas procedentes.

Si necesita un abogado laboral en Bogotá para revisar un contrato de trabajo de obra o labor, solicite una consulta personalizada. La valoración de los documentos permite definir medidas de prevención, corrección o reclamación.

Fuentes normativas y jurisprudenciales

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