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Calculadora de liquidación laboral 2026

Calcule en minutos su liquidación de contrato de trabajo: cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios, vacaciones no disfrutadas e indemnización por despido sin justa causa, según el Código Sustantivo del Trabajo. Es una simulación orientativa sobre los valores adeudados a la fecha de retiro.

Datos del contrato

Resultado

Total estimado de la liquidación
$0
Prestaciones sociales
Cesantías$0
Intereses sobre cesantías$0
Prima de servicios$0
Vacaciones no disfrutadas$0
Indemnización
Despido sin justa causa$0
Información base
Complete los datos y haga clic en "Calcular liquidación".
Aviso legal: esta herramienta es una simulación orientativa y no reemplaza la asesoría jurídica personalizada ni una liquidación definitiva. Asume que las cesantías, los intereses y las primas de periodos anteriores ya fueron pagados, y que las vacaciones de años anteriores fueron disfrutadas. El resultado puede variar si hay salario variable, horas extras, comisiones, incapacidades, licencias no remuneradas o suspensiones del contrato. Valores de referencia 2026: salario mínimo $1.750.905 y auxilio de transporte $249.095.

Cómo se calcula la liquidación laboral

La liquidación de un contrato de trabajo es el pago de todo lo que el empleador debe al trabajador en la fecha de retiro. Para calcularla se usan años de 360 días y meses de 30 días. Estas son las fórmulas que aplica la calculadora:

ConceptoFórmula
Cesantías(Salario + auxilio de transporte) × días trabajados en el año ÷ 360
Intereses sobre cesantíasCesantías × días trabajados × 12 % ÷ 360
Prima de servicios(Salario + auxilio de transporte) × días trabajados en el semestre ÷ 360
VacacionesSalario × días trabajados sin disfrutar vacaciones ÷ 720
IndemnizaciónSolo si el despido fue sin justa causa, según el artículo 64 del CST

Liquidación de vacaciones

Por cada año de servicio el trabajador tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas. Si el contrato termina sin que las haya disfrutado, se pagan en dinero de forma proporcional al tiempo trabajado. La base es el último salario devengado, sin incluir el auxilio de transporte. Si acumuló periodos completos sin disfrutar, esos días también deben incluirse en la liquidación.

Indemnización por despido sin justa causa

En el contrato a término indefinido, con salario inferior a diez salarios mínimos, corresponden 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año adicional, proporcional por fracción; con salario igual o superior a diez salarios mínimos, 20 días por el primer año y 15 por cada año adicional. En el contrato a término fijo se pagan los salarios del tiempo que faltaba para terminar el contrato, y en el de obra o labor el tiempo faltante para terminar la obra, con un mínimo de 15 días. Si lo despidieron, lea nuestra guía sobre qué hacer y qué puede reclamar.

Preguntas frecuentes sobre la liquidación

¿Cómo se calcula la liquidación laboral?

Se suman los valores pendientes a la fecha de retiro: salarios no pagados, cesantías (salario por días trabajados en el año, dividido entre 360), intereses sobre cesantías (12 % anual, proporcional a los días), prima de servicios (salario por días trabajados en el semestre, dividido entre 360) y vacaciones no disfrutadas (salario por días, dividido entre 720). Si el despido fue sin justa causa, se suma la indemnización del artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿Cómo se liquidan las vacaciones al terminar el contrato?

Las vacaciones causadas y no disfrutadas se compensan en dinero al terminar el contrato, por año cumplido y de forma proporcional por la fracción de año. La fórmula es: salario mensual por días trabajados sin vacaciones, dividido entre 720. El auxilio de transporte no se incluye en esta base.

¿La liquidación es lo mismo que las cesantías?

No. Las cesantías son una de las prestaciones que integran la liquidación. La liquidación es el pago total al terminar el contrato e incluye, además de las cesantías, los intereses sobre cesantías, la prima de servicios, las vacaciones no disfrutadas, los salarios pendientes y, si aplica, la indemnización por despido.

¿El auxilio de transporte se incluye en la liquidación?

Sí, para quienes tienen derecho a él (salario de hasta dos salarios mínimos). El auxilio de transporte se suma al salario como base para liquidar las cesantías y la prima de servicios, pero no para las vacaciones.

¿El contrato por obra o labor tiene liquidación?

Sí. Al terminar un contrato por obra o labor el trabajador tiene derecho a la misma liquidación que en cualquier contrato de trabajo: cesantías, intereses, prima y vacaciones proporcionales. Si el empleador lo termina antes de concluir la obra sin justa causa, debe pagar además la indemnización por el tiempo faltante, con un mínimo de 15 días de salario.

¿Qué pasa si no me pagan la liquidación?

La liquidación debe pagarse al terminar el contrato. Si el empleador no paga los salarios y prestaciones adeudados, puede generarse la indemnización moratoria del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, que se reclama mediante demanda laboral. Conviene actuar pronto: por regla general, los derechos laborales prescriben en tres años.

¿El valor que le pagaron no coincide con el resultado? Revisamos su liquidación sin costo y le decimos si hay una diferencia que pueda reclamar.

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